jueves, mayo 02, 2024
maria

En la industria musical, es común que los artistas, especialmente los emergentes por su falta de recursos, cedan sus derechos patrimoniales sobre las grabaciones o "masters" a las disqueras que los manejan para su explotación comercial.

El caso de Taylor Swift es muestra de ello. En su primer contrato con Big Machine Records (“BMR"), Taylor cedió perpetuamente la totalidad de sus derechos económicos sobre sus grabaciones musicales y aceptó no regrabar su música hasta noviembre de 2020, quedándose únicamente con los derechos como compositora de las letras de las canciones. En 2018, tras finalizar su contrato con BMR, Taylor intentó readquirir sus primeros seis álbumes, pero no fue posible ya que ésta disquera fue comprada por el productor musical Scooter Braun, quién vendió su catálogo musical a un fondo de inversión.

Ahora bien, sobre una grabación musical existen diferentes derechos de autor. La composición de las letras de las canciones le otorga al compositor derechos independientes a los que obtiene un productor o intérprete sobre los masters. Como Taylor escribió sus canciones, encontró en esto una salida para evitar una disputa legal por los derechos de su música. Por ello, optó por regrabar sus primeros seis álbumes una vez finalizado el plazo establecido en su contrato que le impedía hacerlo.

Lo sorprendente de este caso es que Taylor aprovechó esta controversia y la convirtió en la campaña de publicidad perfecta. Utilizando las redes sociales como aliadas y a través de un discurso reivindicatorio logró convencer a sus fanáticos y al público en general de escuchar las regrabaciones de canciones las cuales se identifican mediante la leyenda “(Taylor’s Version)”, por encima de las versiones originales. De esta forma, el “(Taylor’s Version)” se volvió la forma perfecta de publicitar las nuevas regrabaciones y que así el mercado identificara cuál era la versión de la que Taylor era propietaria.

Además, estos "nuevos" álbumes no solo fueron una herramienta para relanzar viejos éxitos sino también para posicionar canciones inéditas de la cantautora. De esta forma sus fans, movidos por la nostalgia de escuchar canciones antiguas-algunas lanzadas hace más de 10 años- y la posibilidad de acceder a nueva música creada por Taylor, lograron posicionar éstos álbumes en lo más alto de los rankings musicales. Esta fórmula además parece inagotable pues recientemente, Taylor lanzó su cuarto álbum regrabado "1989 (Taylor's Version)". El resultado fue sorprendente, pero esperado pues este álbum tuvo más reproducciones que el álbum original.

Aunque la cesión total y perpetua de derechos por parte de los artistas puede ser legal, su generalización en la industria no es aconsejable. Dada la complejidad de los derechos asociados a una grabación musical, que involucran a productores, compositores e intérpretes, es esencial distinguir y comprender plenamente cada componente. Adoptar cesiones de derechos más equitativas, como limitar la duración o establecer condiciones específicas, no solo protege los intereses de los artistas, sino que también fomenta una industria musical más sostenible. Al reconocer la diversidad de derechos y asegurar acuerdos más balanceados, se preserva la creatividad y se incentiva la colaboración a largo plazo entre artistas, compositores y productores. Este enfoque no solo beneficia a los creadores, sino que fortalece la integridad y la viabilidad económica de toda la comunidad musical.

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Camilo Herrera
Johanna Martínez
Juliana C
Santiago